Lámparas y tubos led
Tome un respiro y lea atentamente la documentación a continuación, le será de gran utilidad y ante cualquier inquietud no dude en contactarnos, un grupo de profesionales lo asistirá.
¿Qué Debe Saber Sobre La Regulación Para Comercializar Su Producto?
En el marco de la Resolución 319/1999, La Resolución Nº586/2020 Establece Los Siguientes Parámetros Para La Certificación Y Ensayos de estos productos.
Nuestro Reconocimiento establecido por Resolución 154/2021 nos permite actuar en este campo
Requisitos de la norma técnica IRAM 62404-3
Requisitos específicos
Los productos alcanzados en la presente medida que se comercialicen en el país exhibirán sobre el embalaje del producto la etiqueta de Eficiencia Energética cuyas características se detallan en la Norma IRAM 62404-3.
La etiqueta deberá permanecer adherida, con la información indicada en la norma citada, como mínimo, hasta que haya sido entregado al consumidor final.
En la parte inferior de la etiqueta se consignará la leyenda “Res. ex S. I. C. y M. N° 319/99”, debajo de la cual se colocará el logo o marca del Organismo de Certificación reconocido interviniente
En los casos en que por limitaciones en el espacio disponible no pueda incluirse la leyenda y el logo indicado anteriormente, podrá emplearse como alternativa la leyenda “R319/99- … -ee”. El espacio en líneas de puntos se completará con la sigla correspondiente al Organismo de Certificación reconocido interviniente, en letras mayúsculas.
Las dimensiones establecidas para la etiqueta, de resultar necesario, pueden modificarse en un máximo de hasta DIEZ POR CIENTO (10 %), manteniendo las proporciones.
Adicionalmente al etiquetado previsto, se deber á colocar en el embalaje primario del producto, de manera visible, legible, indeleble en idioma nacional la información prevista en el punto 9 de la Norma IRAM 62404-3 y la vida nominal de la lámpara en horas.
Vida nominal en horas
El “mantenimiento del flujo luminoso”, ensayado según la norma IEC 62612:2013+ADM1:2015+ADM2:2018, se realizará durante TRES MIL (3000) horas, al cabo de las cuales todas las lámparas de la muestra ensayada deberán mantener un flujo luminoso mayor o igual a un porcentaje del flujo inicial de la lámpara
Vida nominal (horas) | @3000 hs |
Menor a 10.000 | 83,7% |
Mayor o igual a 10.000 y menor 15.000 | 89,9% |
Mayor o igual a 15.000 y menor 20.000 | 93,1% |
Mayor o igual a 20.000 y menor 25.000 | 94,8% |
Mayor o igual a 25.000 y menor 30.000 | 95,8% |
Mayor o igual a 30.000 y menor 40.000 | 96,5% |
Mayor o igual a 40.000 y menor 50.000 | 97,4% |
Mayor o igual a que 50.000 | 97,9% |
CRONOGRAMA Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN
El mismo entra en vigencia a partir del 05 de marzo de 2021, de acuerdo a lo indicado en la Disposición 01/2021
Primer Etapa constancia inicio de trámite a partir del 03 de julio de 2020
Segunda Etapa Certificación obligatorio a partir del 05 de marzo de 2022
Vigilancia de Mercado
Los controles de vigilancia de los productos certificados, estarán a cargo de los respectivos organismos de certificación. y constan de:
a) Al menos UNA (1) evaluación, cada DOCE (12) meses contados desde la fecha de la emisión del certificado, del sistema de control de producción o sistema de gestión de la calidad de la planta productora verificando el mantenimiento de las condiciones iniciales en base a las que se otorgó la certificación.
b) Al menos UNA (1) verificación, cada DOCE (12) meses contados desde la fecha de la emisión del certificado, de los requisitos establecidos en el presente Anexo, a través de ensayos completos realizados sobre UN (1) modelo de cada CINCO (5) o fracción de CINCO (5) modelos por fabricante o importador.
En el supuesto que en el período entre DOS (2) verificaciones, se hubiera certificado un nuevo modelo que fuera más eficiente que los anteriormente certificados, dicho modelo será elegido para la verificación a realizarse en el período siguiente. Para cada vigilancia, las muestras representativas serán seleccionadas por el respectivo organismo de certificación, y serán tomadas de los comercios mayoristas o minoristas y/o del depósito de productos terminados de fábrica o del importador.
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